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dilluns, 3 de febrer del 2025

1592 Administració municipal en temps d'incorporació a la corona

 

David Bernabé Gil, Universidad de Alicante. La administración municipal en el Maestrazgo Viejo de la orden de Montesa en tiempos de su incorporación a la Corona. En: Andrés Robres, Fernando, et al. (coords.). Poderosos, marginados y gente común: una historia de todos. Homenaje a Rafael Benítez Sánchez-Blanco. Valencia: Albatros. pàgs. 401-410.

"Abarcaba el Maestrazgo Viejo o bailío de Cervera las villas de Cervera, San Mateo, Traiguera, Canet, La Jana, Chert y Cálig, y el lugar de Rosell, donde su más alta magistratura no sobrepasaba la jurisdicción alfonsina, recayendo el mero imperio, de forma alternante, en el Lugarteniente de Montesa (dos años) y el justicia de La Jana (un año)."

"Salvo expresa indicación en contrario, toda la información que sigue procede de un documento fechado en 1595 bajo el título de “Relación de lo resultante de la visita hecha por el Dr. Gerónimo Núñez de los proprios Rentas y Regimiento de las villas de Traiguera, Cervera, San Matheo, Jana, Canet, Chert, Rosell y Cálig”. Se halla en ARV, Clero, Legajo 948, Caja 2511-2512, y contiene informes pormenorizados correspondientes a cada una de las villas mencionadas. Al objeto de no sobrecargar las notas a pie de página, omitiré las referencias a los folios concretos en que pueden comprobarse los datos y citas en que me baso, pues resultan fácilmente identificables debido a la propia estructura del documento y a su relativamente corta –solo 21 folios– extensión."

"En definitiva, la composición de los recursos con que contaban las haciendas locales, además de bastante homogénea entre sí, no difería sustancialmente de lo que es posible observar en otros ámbitos valencianos, si se exceptúa la generalizada y llamativa omisión del concepto de “sisa”. Tratábase ésta de una figura fiscal definible genéricamente como un recargo sobre el consumo de ciertos artículos de amplia demanda, que estaba muy extendida en los municipios del reino, pero que difícilmente puede asimilarse con el vocablo “pecha”, que es el comúnmente empleado en los informes del Dr. Núñez. Así, en las contadas ocasiones en que se especifica la cuantía de la “pecha”, esta representaba un porcentaje sobre el líquido imponible asignado al patrimonio inmueble, que en Cervera alcanzaba el 5% y en Canet el 2,5% –hasta que se duplicó–; o bien, como en La Jana, se recaudaba sin tener en cuenta la riqueza personal, a razón de 12 sueldos por casa, luego rebajada a 9. Con todo, los escuetos datos disponibles difícilmente permiten aquilatar el alcance de la presión fiscal per cápita –de naturaleza municipal– que recaía sobre la población del Maestrazgo Viejo a fi-
nales del Quinientos."

"Los daños causados por estas prácticas nocivas eran, por consiguiente, dobles: la deuda censal no cesaba de acumularse, al tiempo que la población permanecía escasamente abastecida, tal como tuvo ocasión de comprobar en las mediciones efectuadas del trigo existente en los graneros de varios municipios: solo 20 cahíces en Cervera, 25 en Traiguera, 30 en Canet, 30 en Chert, 15 en Rosell y 100 en La Jana."

"Solamente aparece incierto el monto de las pensiones anuales vigentes en el momento de la visita en San Mateo y La Jana; pero, a tenor de las cuantías de los capitales cargados en ambas villas para financiar las adquisiciones de trigo, cabe deducir que aquel no debió alejarse mucho de la tónica general."

"El impago de cantidades debidas al erario municipal era una de las irregularidades más extendidas, que solía atribuirse a la negligencia y omisiones de los responsables de su cobranza. En Canet aquellas deudas alcanzaban las 1.305 libras, y en Traiguera las 1.148; 932 importaron en Chert, 817 en La Jana, 316 en Cervera, 54 en Rosell y solo 16 en Cálig. Y en San Mateo, donde ascendían a 2.016 libras, se comprobó la existencia de interesadas connivencias con los ediles, que acarrearon el encarcelamiento de algunos implicados."

"En la Jana, sin embargo, el visitador ordenó suprimir la derrama –o “gita”– anual vigente desde 1586, al entender que gravaba injustamente a todos los vecinos por igual, “sin hazer differencia de pobres a ricos”, y que continuar con su recaudación resultaba innecesario, ya que los ingresos ordinarios sobrepasaban todos los años a las obligaciones del gasto. Y algo no muy distinto en el fondo –la imposición de otra “gita” o derrama vecinal, si bien en este caso para un destino diferenciado, como era un eventual servicio a la Corona– acabó provocando una fuerte reticencia popular en San Mateo, debido a “la desigualdad del repartimiento, en el qual se quexavan los pobres, pretendiendo estar más gravados que los ricos”."

"Tanto los oficiales como los consellers eran elegidos cada año, si bien en fechas distintas, mediante procedimientos complejos en los que predominaba la cooptación. Gran analogía presentaba en todas las villas la forma de elección de los miembros del consell, que correspondía realizar directamente al reducido núcleo de oficiales en ejercicio, a los que se añadían, en el caso de Traiguera, otros tres prohombres de libre designación, y en las villas de La Jana y Rosell también los oficiales salientes. Excluida así la participación de los consellers en la elección de sus sucesores, su intervención se hacía patente, en cambio, en la provisión de los oficios de inferior condición –clavario y síndico– y, mucho más mediatizada, en los de mayor rango justicia, jurados y mayordomo."

"Un sistema electoral con tan elevado grado de cooptación propiciaba –a juicio del Dr. Núñez– una serie de inconvenientes que enturbiaban las relaciones entre el vecindario y generaba luchas de facciones que desembocaban en la monopolización del poder municipal por parte de aquella que conseguía imponerse. Así fue detectado especialmente en las villas de Traiguera, Cervera y, sobre todo, en La Jana, completamente dominada por “la parcialidad de los Bergas”. 

1550? Gerónimo Núñez. Visitador de l'Ordre de Montesa

1641 Sol·licitud de visita d'inspecció del Consell d'Aragó

1642 Sol·licitud de visita d'inspecció 

1644 Despeses de la visita d'inspecció

1645 El Síndic de La Jana demana suspendre la visita d'inspecció

Any 1592

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